derecho laboral

El Tribunal Supremo ha introducido un cambio relevante en materia laboral al establecer que las empresas deberán ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse antes de ejecutar un despido disciplinario. Esta nueva interpretación ha quedado recogida en la Sentencia 1250/2024, dictada el 18 de noviembre de 2024 por la Sala de lo Social del alto tribunal.

La resolución fue aprobada por unanimidad en sesión plenaria y supone un giro importante respecto a la doctrina que venía aplicándose desde hace décadas en España.

 

El origen del cambio doctrinal

La decisión del Supremo se basa en la aplicación directa del artículo 7 del Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratado internacional vigente en España desde el año 1986.

Dicho precepto establece que ningún trabajador puede ser despedido por razones relacionadas con su conducta o rendimiento sin haber tenido previamente la oportunidad de responder a las acusaciones formuladas por la empresa, salvo situaciones excepcionales en las que no resulte razonable exigir ese trámite al empleador.

Hasta ahora, la jurisprudencia española no exigía de forma general esta audiencia previa en los despidos disciplinarios. Sin embargo, el Tribunal considera que la evolución normativa y judicial de los últimos años justifica una reinterpretación de esta obligación.

 

Qué implica esta nueva obligación para las empresas

A partir de esta sentencia, las compañías deberán permitir que el trabajador conozca los hechos que se le imputan y pueda presentar alegaciones antes de formalizar el despido disciplinario.

Esto no significa necesariamente la apertura de un procedimiento complejo, pero sí exige garantizar un mínimo derecho de defensa previo a la extinción del contrato.

La medida busca reforzar la protección de los trabajadores y aumentar las garantías en este tipo de despidos.

 

Aplicación de la nueva doctrina

El Tribunal Supremo también aclara que esta nueva interpretación no tendrá efectos retroactivos. La obligación de conceder audiencia previa únicamente será aplicable a los despidos disciplinarios realizados desde la fecha de publicación de la sentencia.

Con este pronunciamiento, la Sala de lo Social modifica expresamente el criterio mantenido desde los años ochenta y adapta la doctrina española a las exigencias establecidas por el Convenio 158 de la OIT.

 

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La Sentencia 1250/2024 marca un antes y un después en los despidos disciplinarios en España. A partir de ahora, las empresas deberán extremar las garantías procedimentales y ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse antes de adoptar una decisión definitiva.

Este cambio no solo refuerza los derechos laborales, sino que también obliga a revisar protocolos internos y procedimientos de recursos humanos para evitar posibles nulidades o improcedencias del despido. La nueva doctrina del Tribunal Supremo supone, en definitiva, una mayor protección para los trabajadores y un nuevo escenario jurídico que las empresas deberán tener muy en cuenta.

 

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